Igualdad de género y trabajo decente: Convenios y recomendaciones claves de la OIT para la igualdad de género

Las normas internacionales del trabajo (convenios y recomendaciones) constituyen una de las vías fundamentales de acción de la OIT para mejorar las condiciones de trabajo y de vida de  las personas de uno y otro sexo y promover la igualdad en el lugar de trabajo para todos los trabajadores. Todas las normas de la OIT, a excepción de algunas, específicamente las relativas a la
maternidad y a la función reproductiva de la mujer, son aplicables tanto a los hombres como a las mujeres.

No obstante, sigue habiendo una brecha entre los derechos establecidos en las normas nacionales e internacionales y la situación real de los trabajadores. Estos derechos deben llevarse a la práctica. El principal obstáculo que impide que los trabajadores ejerzan sus derechos es la falta de conocimiento de los mismos. Por lo tanto, un elemento crucial para mejorar la igualdad entre el hombre y la mujer es la divulgación de información sobre dichos derechos.

La presente publicación constituye un elemento de dicho proceso de divulgación; agrupa de forma accesible una serie de normas internacionales del trabajo de particular importancia para la promoción de la  igualdad de género en el mundo del trabajo.

Si bien se han logrado avances en la ratificación de las normas fundamentales que promueven la igualdad entre las mujeres y los hombres y su proyección en el derecho internacional, los temas relativos al género también deben tenerse en cuenta en la aplicación de otras normas de la OIT.

La incorporación de la perspectiva de género en la aplicación de las normas internacionales  del trabajo:
• ayuda a lograr a que las mujeres y los hombres cuenten con igual acceso a los beneficios que de ellas se derivan;
• reconoce las necesidades, las experiencias y los intereses de las mujeres y los hombres;
• permite que las partes interesadas gestionen el cambio;
• demuestra la voluntad de emprender medidas diferenciadoras para responder a las necesidades y los intereses de las mujeres y los hombres, y 
• promueve la igualdad suscitada por la puesta en práctica de los convenios.


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